Presentamos las respuestas a las consultas realizadas por los participantes al Concurso de ideas arquitectónicas y urbanísticas para la formulación de un Plan maestro de ordenación y desarrollo estratégico. Con esta actualización se cierra la etapa de consultas por parte de los interesados. Hasta el viernes 5 se podrá enviar comunicados de la Asesoría Técnica.

Consulta:

¿Es posible presentarse al concurso como institución, en nuestro caso XXX, representado por un arquitecto, o es necesario presentarse como técnicos independientes?

Respuesta:

Al concurso se debe presentar un/a profesional arquitecto/a que será el/la responsable de la propuesta. En el sobre con los datos del autor podrá detallarse la integración del equipo, especificando su rol (proyectista, asesor, colaborador, etc.). Si además el equipo tiene una denominación (estudio, oficina técnica, nombre de fantasía, etc.), podrá figurar al principio de la lista de integrantes.

Consulta:

Tengo vínculo laboral con una persona que trabaja en la IDP, pero no participó de la elaboración del programa ni de las bases, entiendo que puedo participar del concurso. Les agradezco una confirmación.

Respuesta:
Las incompatibilidades refieren a la integración en el equipo de propuesta, de funcionarios de IDP o MVOTMA, o vinculación laboral/familiar con personas que hubieran intervenido en la elaboración de bases y programa. El caso planteado no estaría incluido en estas dos condiciones.

Consulta:

  1. En el ítem 2.9 Elementos de valor patrimonial a conservar, de las Bases del Concurso, se especifica que en los Anexos, en particular el Anexo 4.2.1 Recaudos gráficos, se encuentra información que posibilita la identificación de dichos elementos.
    Se solicita proporcionar la mencionada información ya que en el Anexo 4.2.1 no se encuentran.
    Existe un Anexo 4.2.2 con un archivo cad conteniendo un relevamiento edilicio, pero no identifica los sectores a conservar según el ítem 2.9.
  2. Se solicita se envíe los rótulos y su ubicación para incluir en las láminas de entrega ya que en los anexos no se encuentran.
  3. Se solicita aclarar si las imágenes que obligatoriamente se tomen como base para la construcción de la imagen aérea a presentar en el concurso se encuentra en el Anexo 4.2.10 en lugar del 4.2.8 como se indica en el texto de las bases.

Respuesta:

  1. El anexo al que se hace referencia es el 4.2.2 Recaudos Gráficos. El mismo se re publicará, dado que no estaban incluidos los recaudos del ítem 4 de la sección 2.9 Elementos de valor patrimonial a conservar, que refiere al Edificio del comedor de la antigua fábrica textil.
    Se adjunta nuevo archivo cad en sustitución del anterior.
    De todas formas, se reitera el párrafo de la sección antes referida donde se indica: Ninguno de estos elementos cuenta con un nivel de protección patrimonial formal, pero se sugiere su resignificación e incorporación en la propuesta, pudiendo ser intervenidos y/o reciclados admitiendo inclusive la sustitución total o parcial de alguno de ellos, si se justificare en el contexto de la propuesta.
  2. Efectivamente, por error no fue agregado el rótulo en el anexo. Se adjuntan dos archivos pdf con la disposición y el rótulo a ser incorporado a cada lámina. Dejar libre el espacio a la derecha del rótulo para incorporar el código.
  3. En el mismo sentido, se deslizó un error de referencia al anexo, y el ítem que corresponde a las imágenes aéreas a usar es el apartado 4.2.10.

Consulta:

  1. En el índice veo una lista de anexos pero en el pendrive no vienen todos los mencionados en índice. ¿Es general la omisión o solo este pendrive?
  2. Los sectores A/ B/ C del anexo 4.2.8 donde aparecen planos en dwg. ¿No hay una planta general que los ubique dentro del contexto de la fábrica, tipo algún esquema para poderlos identificar dentro del área de la fábrica?
  3. ¿Pueden inscribirse como colaboradores estudiantes de la licenciatura en diseño de paisaje? ¿O solo si ya son recibidos?
  4. Me perdí la primera visita y para la segunda se nos hace difícil concurrir.¿Existe la posibilidad de ingresar algún día de la semana de turismo?

Respuesta:

  1. El índice en formato papel puede tener un corrimiento de números, dado que se agregó un punto a último momento y no se actualizó debidamente el índice. El archivo “indice.pdf” que figura en el pendrive sí está actualizado y es interactivo, por lo que cada punto de ese índice es un link a un archivo, a un sitio en la web o a una carpeta. Quedamos atentos a enviar algún otro anexo que pudieran necesitar y no figurara en el pendrive.
  2. No hay una planta general de ubicación de los planos parciales. Se sugiere usar la foto aérea como ayuda para su ubicación.
  3. Los colaboradores no tienen que ser profesionales necesariamente y pueden proceder de diferentes carreras. En los créditos figurarán con su respectivo título intermedio, grado o posgrado.
  4. Se realizaron las gestiones con la IDP para realizar una tercera visita al predio (ex Paylana) para el día martes 11 de 10:30 a 14:30, durante Semana de Turismo.

Consulta:

Dado que en las Bases, el punto 3.5 Del Jurado establece entre otros: «…Son deberes y atribuciones del Jurado: a)cumplir y hacer cumplir las siguientes bases…» Considerando que las bases particulares para este concurso están jerárquicamente por debajo del Reglamento General de Concursos, que establece en su punto 7.6: «… Todo trabajo que no responda con exactitud a lo exigido en las bases y programa, en cuanto a la presentación y/o documentos pedidos, será excluido del concurso. Esta exclusión recién será efectiva posteriormente al estudio que realizará el Jurado, de todos los trabajos.» y que en las Bases de este llamado, el punto 3.5.1 Funcionamiento del Jurado establece «..El fallo del Jurado será inapelable, por tanto los participantes no podrán realizar difusión alguna que procure desvirtuar el mismo, o desprestigiar a sus miembros, así como a otros participantes, a los promotores o la SAU:

  1. ¿Se dará cumplimiento cabal y estricto del punto 7.6 del RGC ?
  2. En relación al alcance del término «inapelable» que refiere el punto 3.5.1, ¿se refiere solamente al aspecto de las valoraciones técnico arquitectónicas que llevaron al Jurado a premiar determinados trabajos, o también incluye cualquier tipo de decisión tomada por el Jurado que inclusive contradiga al RGC, como por ejemplo premiar trabajos que no cumplan con el punto 7.6?
  3. De ser así, ¿no supone una contradicción, dado que el Jurado debe cumplir y hacer cumplir las bases (que incluyen el RGC 7.6), que el Jurado considere que sigan en competencia trabajos que no cumplen con el RGC en su punto 7.6?
  4. En el caso de darse un fallo del Jurado que no cumpla con el punto 7.6 del RGC, qué acciones se tomarían con los concursantes que viéndose perjudicados con el no cumplimiento del RGC lleven adelante algún tipo de acciones contra quienes corresponda?
  5. ¿Qué garantías tenemos como participantes que el punto 3.6 Normas de Presentación será estrictamente controlado tanto por la Asesoría Técnica y por el Jurado, en tanto son las «reglas del juego» que deberían ser respetadas, de acuerdo al punto 7.6 del RGC?
  6. ¿Qué margen de tolerancias manejarán tanto la Asesoría Técnica como el Jurado a la hora de decidir la eliminación de trabajos (en cuanto a las normas de presentación y otras exigencias de programa, que a priori se plantean como excluyentes y su cumplimiento genera al participante un cierto tiempo de elaboración o ciertas complicaciones de diagramado, pero que muchas veces no se contemplan a la hora de ser merecedoras de exclusión)?

Respuesta:

  1. Se dará cumplimiento cabal y estricto del punto 7.6 del RGC.
  2. El término “inapelable” se refiere al fallo del Jurado.
  3. Las bases del concurso son consistentes con el Reglamento General de Concursos.
  4. La pregunta se refiere a una situación hipotética, que aún no se ha generado y podría no configurarse. El Jurado tiene las competencias asignadas para interpretar las Bases.
  5. Todas las garantías posibles que puede representar un concurso nacional, con auspicio de la SAU, y cuyas Bases fueron aprobadas por las máximas jerarquías de las instituciones patrocinantes.
  6. Las tolerancias que se puedan contemplar por parte del Jurado, serán las razonables para este tipo de concurso y no pueden ser predeterminadas. Su eventual admisión es competencia del Jurado.

Consulta:

En recaudos gráficos aparece planta acotada del Padrón 5083, donde aparecen pre-existencias y espacios libres, pero no aparece ninguna planta acotada del Padrón 5057 (solamente aparece su área y ubicación aproximada). Ya que se trata de una propuesta a nivel urbano, además de ese detalle del Padrón 5057, también se necesitarían cotas de anchos de calles circundantes, anchos de veredas circundantes, ubicación exacta de la calle Setembrino Pereda en relación con la calle Pbro. Horacio Meriggi, así como de la calle Independencia en relación con Wilson Ferreira Aldunate (en estos dos casos faltan cotas exactas de estas intersecciones). Tampoco encontramos una altimetría al menos básica, en puntos notables del área a intervenir. Por más que se trate de un concurso de ideas, sería importante disponer de cotas y altimetría, del área y su entorno, a los efectos de tener ciertas seguridades de que las propuestas sean coherentes con la realidad física del área. ¿Es posible acceder al material solicitado o queda a la responsabilidad de cada equipo la consideración de estas variables?

Respuesta:

El Concurso de Ideas, como se recoge explícitamente en las Bases, se define como una instancia que procura obtener sugerencias y/o proposiciones para resolver un problema en líneas generales, y culmina con la presentación de elementos arquitectónicos o urbanísticos con un considerable grado de libertad en la forma, definición, magnitud y disposición de los mismos.
En consecuencia, el nivel de detalle y profundidad de la información aportada a los concursantes, tanto en bases como en anexos, es acorde a ese grado de definición esperado, y suficientemente funcional a los objetivos del Concurso.
Sucede lo mismo con el grado de detalle y escala de las piezas, y toda la información en general, de los elementos requeridos para la entrega.

Consulta:

En el ítem 2.8 “Definición de áreas y densidades de referencia para los concursantes”, de las bases del Concurso se especifica que la cantidad de viviendas deberá estar en el entorno de 120 a 150 por hectárea.
Se solicita aclarar si para el cálculo de la cantidad de viviendas por hectárea se deben considerar: 42.436m2 en el padrón 5083, más 4.500m2 en el padrón 5057, o si se debe considerar solamente la superficie correspondiente al área libre de los predios: 21.266m2 en el padrón 5083 y 4.500m2 en el padrón 5057.

Respuesta:

La densidad de vivienda a proponer por los concursantes se ha establecido como un entorno de ajuste en términos de ocupación de suelo y morfologías posibles. La densidad sugerida de 120/150 viviendas / hectárea no constituye un requerimiento rígido, sino que es una aproximación a una cantidad posible de viviendas que se aspira construir en el predio.
Se trata de una referencia a tomar en cuenta, consistente con el espíritu del concurso, tal como lo establecen en todo momento las bases. Para el cálculo estimado de la cantidad de viviendas por hectárea se debe considerar la totalidad de la superficie de ambos predios: 42.436m2 en el padrón 5083, más 4.500m2 en el padrón 5057.

Consulta:

Mi consulta es referente a una de las piezas de entrega, planta escala 1:5000 (radio ámbito urbano 1500mts), ¿es correcto esta escala y el radio? Debido a la gran proporción que queda la planta en el a1.

Respuesta:

El radio que se sugiere es indicativo y puede modificarse en función del espacio disponible y el interés que se manifiesta en la pieza.

Consulta:

En el anexo 4.2.2 se establece una densidad sugerida de 120 – 150 viviendas / hectárea. Dicha densidad, ¿es sobre el metraje total del terreno o sólo sobre lo que proyectualmente se destine a vivienda de acuerdo a «zoning» de cada propuesta? ¿Existe un rango mínimo y máximo de viviendas a generar?

Respuesta:

Se transcribe la misma respuesta para una consulta anterior.
La densidad de vivienda a proponer por los concursantes se ha establecido como un entorno de ajuste en términos de ocupación de suelo y morfologías posibles.
La densidad sugerida de 120/150 viviendas / hectárea no constituye un requerimiento rígido, sino que es una aproximación a una cantidad posible de viviendas que se aspira construir en el predio.
Se trata de una referencia a tomar en cuenta, consistente con el espíritu del concurso, tal como lo establecen en todo momento las bases.
Para el cálculo estimado de la cantidad de viviendas por hectárea se debe considerar la totalidad de la superficie de ambos predios: 42.436m2 en el padrón 5083, más 4.500m2 en el padrón 5057.

Consulta:

  1. Estudiando los datos enviados, se observa que la densidad propuesta para el concurso es de 120 a 150 viviendas / hectárea. Entendemos que esa densidad parece excesiva para el predio en cuestión. ¿Es posible que ese dato necesite revisión?
  2. En el índice de los anexos no se encuentran los anexos: 4.1.2, 4.1.3, 4.1.4. ¿Puede ser que hayan faltado algunos archivos?
  3. El archivo brindado tiene únicamente una planta baja del edificio. ¿Hay una planta de techos o planta alta?

Respuesta:

  1. Ver respuesta de la consulta anterior.
  2. Se transcribe respuesta a una consulta anterior. El índice en formato papel puede tener un corrimiento de números, dado que se agregó un punto a último momento y no se actualizó debidamente el índice. El archivo “indice.pdf” que figura en el pendrive sí está actualizado y es interactivo, por lo que cada punto de ese índice es un link a un archivo, a un sitio en la web o a una carpeta. Quedamos atentos a enviar algún otro anexo que pudieran necesitar y no figurara en el pendrive.
  3. Los planos disponibles son los que se han anexado.

Consulta:

  1. ¿La ubicación de cada programa (ejemplo vivienda) esta predeterminada o sigue siendo libre como se expresa en las bases?
  2. ¿El prototipo Politécnico (UTU) admite modificaciones o es ese el que se deberá implantar?
  3. ¿La maquinaria que se mostró como fija, se puede considerar removerla?

Respuesta:

  1. La ubicación de cada programa no está predeterminada; se rige por las bases.
  2. El Politécnico admite solamente ajustes menores de implantación, pero no de rediseño propiamente dicho.
  3. Con respecto a la maquinaria existente en el predio, se puede proponer cualquier hipótesis posible (mantenimiento, reubicación o retiro).

Respuestas genéricas a consultas relativas a cantidad/densidad de viviendas:

  • El concurso busca propuestas que alcancen cierta densidad y esto ha sido explicitado en las Bases, siempre dentro de un equilibrio razonable que atienda a los diversos requerimientos programáticos.
  • Se ha establecido un rango de referencia a ser tenido en cuenta por los concursantes, pero no un número mínimo ni máximo de viviendas a proyectar en el predio.
  • En la ciudad de Paysandú este rango de densidades existe, por ejemplo, en algunos complejos habitacionales del «barrio cooperativo» próximos al predio.
  • Por otra parte, el concurso no espera lograr ni premiar propuestas que fuercen un máximo de viviendas a construir en el predio, sino aquellas que den respuesta eficiente y con calidad de diseño al conjunto de grupos programáticos.

Ampliación a consultas ya realizadas:

  • El edificio del Polo Tecnológico (UTU) puede ser ubicado en cualquier sitio, pero preferentemente próximo a la Av. Salto. Esto no es una condición sino una aspiración, dentro de lo posible.
  • Los emprendimientos productivos, más allá de los compromisos actuales en cuanto a su ubicación, deben insertarse en un plan a desarrollar a mediano y largo plazo. Dentro de este espíritu, se esperan propuestas variadas que no congelen la situación actual.

Consulta:

¿Es posible entregar en blanco el sobre número 2 con el “voto para el jurado” o es obligatorio designar un integrante para dicho jurado en representación de los concursantes?

Respuesta:

En las bases del Concurso se solicita la presentación de un sobre con el “voto para el jurado” (número 2), separado del paquete principal que lleva la entrega, el sobre que detalla la autoría del trabajo (número 1) y el sobre con la Declaración Jurada pegado a este.
En el interior del sobre número 2 se adjuntará una hoja A4 que podrá incluir el nombre del arquitecto o arquitecta que se quiera designar como representante de los concursantes en el Jurado. No podrá ser miembro del Jurado ningún arquitecto/a que estuviese, en el momento del concurso vinculado comercial o profesionalmente con algún concursante.

Consulta:

Respecto al reglamento sobre participantes, el mismo especifica que pueden intervenir «profesionales arquitectos con título habilitante en el país, expedido o revalidado por la Universidad de la República». En este momento mi título y el de mi compañero de equipo se encuentran en trámite puesto que nos recibimos
hace poco.
¿Es posible presentarnos al concurso de todas maneras, siendo egresados pero con título en trámite?

Respuesta:

Las bases son claras y mencionan «con título habilitante expedido, etc.». Por lo tanto, no podrían figurar ninguno de los dos como autores principales, aunque si podrían integrar equipos que cumplan esa condición.

Consulta:

Favor explicitar a qué refiere el punto 3.6.1 «Deberá tenerse especial cuidado con el material digital que se entrega como anexo, de manera que no queden señas o rastros de la identidad del autor, oculto en las propiedades de los archivos.» Definir específicamente.

Respuesta:

Cada tipo de archivo (word, excel, pdf, jpg, etc.) tiene su propia manera de “declarar” el autor. Esta situación varía también si el sistema es Mac, Ubuntu o Windows. En general se encuentra ubicado en las “propiedades” del archivo. No sería conveniente enviar un extenso instructivo específico para cada caso. Por lo tanto se recomienda se asesore con alguien entendido para que los archivos que se entreguen, queden libres de las señas del autor.

Consulta:

¿El cuadernillo en formato A4 con una Memoria Descriptiva escrita de 15 carillas máximo debe contener también la Memoria de Intervención General y por Sectores y la reproducción de las cuatro láminas presentadas?
O sea ¿la memoria descriptiva, la de intervención y la reproducción de las cuatro láminas presentadas conforman un único cuadernillo de 15 carillas máximo?

Respuesta:

Es así mismo: se solicita 15 carillas en total, incluyendo todo.

Consulta:

Quizás lo pasé por alto y no la vi. La declaración jurada, en qué parte del material entregado está? No localizo el anexo 4.8 según dice en las bases pag. 87.

Respuesta:

Puede haber un error en el índice. Se adjunta nuevamente.

Consulta:

Quiero consultar cuál es la correspondencia de las referidas letras, es decir qué es lo que quieren decir cada una de ellas, etc.

Respuesta:

La correspondencia letras/significado se detalla claramente en la primera página del archivo “código CMYK asignados…” que figura en el anexo 4-2-4.

Consulta:

Tengo una consulta según el punto 3.12:»No podrán participar del Concurso, ni como Autores de las propuestas, ni como integrantes de los equipos, profesionales que pertenezcan a los cuadros funcionales de la IDP o el MVOTMA.
Asimismo, no podrá presentarse al Concurso persona alguna que hubiera intervenido en la elaboración del Programa o las Bases, sus asociados comerciales, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.»
La consulta es si esto se aplica solamente a los autores o también se extiende a asesores y colaboradores.

Respuesta:

Como dice el punto 3.12, estas condiciones se extienden a todo integrante del equipo: autores principales, colaboradores y asesores.

Consulta:

Los prototipos de UTU son a modo de ejemplo o se deben insertar en la propuesta esos proyectos?

Respuesta:

El edificio de la UTU debe tomarse como un dato. La implantación queda a criterio de los concursantes. Se transcribe una respuesta anterior: “El Politécnico admite solamente ajustes menores de implantación, pero no de rediseño propiamente dicho”.

Consulta:

Transcribo de las respuestas a consultas 7:
«Ampliación de consultas ya realizadas: (…) Los emprendimientos productivos, más allá de los compromisos actuales en cuanto a su ubicación, deben insertarse en un plan a desarrollar a mediano y largo plazo. Dentro de este espíritu, se esperan propuestas variadas que no congelen la situación actual.»
¿Cuáles son los compromisos actuales en cuanto a su ubicación? ¿En qué lugar de las bases se hace referencia a esto? ¿A qué responde la aclaración si en ningún punto del concurso se mencionan compromisos actuales de ubicación?

Respuesta:

El término “compromisos actuales” se refiere a la situación del equipamiento actual (maquinaria, instalaciones, conexiones, etc.) que, por su localización, tamaño, peso y complejidad, pueda generar dificultades de procedimientos, costos y operaciones auxiliares para su reubicación, lo que debe ser evaluado en
la propuesta.

Consulta:

Por este medio solicitamos una prórroga de 15 días para la entrega del concurso.

Respuesta:

No es posible conceder una prórroga para la entrega del concurso, ya que hay compromisos de agenda anteriores de la IDP y el MVOTMA.

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