Ursea recuerda la vigencia de la ley 18.585 que implica que las edificaciones comprendidas en esta ley deben contar con la constancia de cumplimiento o exoneración emitida por la URSEA para la obtención del permiso de construcción o el comienzo anticipado de obra para obra nueva o remodelación integral.

Las edificaciones incluidas son:

  • Centro de asistencia de salud: hospitales, sanatorios, hogares para adultos mayores con alojamiento permanente o transitorio de personas para su atención y cuidado médico que dispongan de servicio de duchas o baños de agua caliente para los pacientes.
  • Hotel: todo establecimiento destinado al alojamiento de personas, permanente o transitorio, tales como hoteles, apart-hoteles, hosterías, moteles, hostales, hostel, hoteles de campo, estancias turísticas, posadas de campo y campings.
  • Club deportivo y gimnasios: cualquier establecimiento destinado a la práctica de la actividad física y que disponga de vestuarios con servicio de duchas de agua caliente.
  • Sector público: edificación que disponga de alojamiento permanente o transitorio de personas como cuarteles, centros de rehabilitación y alojamiento transitorio de MIDES (centros de acogida) así como centros de formación militar. Quedan asimismo comprendidos aquellos edificios con vestuarios y servicios de duchas con agua caliente y que cuenten con personal que preste servicios que por sus características requieran la utilización habitual de agua caliente sanitaria.

Las especificaciones técnicas que deben cumplir los proyectos así como los criterios de exoneración se describen las Especificaciones Técnicas Uruguayas (ETUs) y en el Instructivo Técnico (IT) según lo previsto en los Artículos 2, 4, 5, 6, 7 y 16 del Decreto N° 451/011, reglamentario de la Ley 18.585 fueron aprobados según la Resolución MIEM 72/014 y se pueden descargados desde aquí. El procedimiento para obtener la constancia de cumplimiento o exoneración emitida por la URSEA puede encontrarse aquí. Por cualquier consulta puede dirigirse a consultas@ursea.gub.uy.