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Reglamento General de Concursos | Arquitectura y Urbanismo

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CAPÍTULO 6 – ASESORÍA TÉCNICA

6.1 Todos los concursos deberán estar organizados, en el aspecto técnico, por una Asesoría Técnica formada por uno o más asesores arquitectos, miembros del Colegio de Asesores de la SAU.

6.2 La Asesoría Técnica será elegida directamente por el Promotor o, a pedido de éste, por la SAU.En este caso será elegida por la Comisión Directiva por simple mayoría de votos presentes.

6.3 La labor de la Asesoría Técnica deberá ajustarse a lo establecido en el presente Reglamento. Si por cualquier circunstancia no pudiera dar cumplimiento a estas normas, deberá comunicarlo a la Comisión Directiva de la SAU, la que resolverá en definitiva.

6.4 La Asesoría Técnica debe aconsejar al Promotor y establecer conjuntamente con él la definición de sus necesidades, los costos, los premios, la elección del tipo de concurso y la organización del mismo.

6.5 Son obligaciones de la Asesoría Técnica durante la organización del concurso:

 

6.5.1 Recopilar antecedentes. La Asesoría Técnica recabará toda la información necesaria sobre las Reglamentaciones Nacionales y/o Municipales que rijan en la zona donde se localizará el tema del concurso y en caso de duda tramitará una solicitud de “trámite previo” ante las autoridades del Municipio, para tener absoluta certeza sobre los aspectos de:
Retiros (frontales, laterales, posteriores)
Servidumbres que afecten el o los predios.
Altura de edificación.
Y todo otro detalle reglamentario que fuera necesario conocer.

6.5.2 Redactar Bases y Programa. Las Bases y Programa deben redactarse de acuerdo a las directivas del Promotor, aplicando este Reglamento y con las indicaciones establecidas en el capítulo 7. La Asesoría Técnica se esforzará en reducir el número y dimensiones de los elementos que integren los trabajos al mínimo indispensable para la comprensión de los proyectos y para la selección que debe hacer el Jurado.

6.5.3 Someter las Bases a consideración de la SAU.
No se podrá efectuar el llamado a concurso sin la aprobación previa por parte de la SAU, para los concursos nacionales o de la SAU y la UIA, para los concursos internacionales. En caso contrario no será prestigiado el concurso.

6.5.4. Fijar los plazos del Concurso. El plazo de recepción de los trabajos será el suficiente para que los concursantes puedan desarrollar y presentar debidamente su idea.
El plazo de recepción no podrá ser disminuido por ningún concepto. Si el Promotor por causas de fuerza mayor decidiera ampliarlo, solo lo podrá hacer dentro del primer tercio del plazo fijado para el concurso y con la aprobación previa de la Asesoría Técnica.
La hora que se fije como vencimiento del plazo otorgado para la recepción de los trabajos será controlada por la hora oficial, entendiéndose a los efectos de dicho plazo que la recepción se realiza en la puerta del edificio que se indique. El plazo expirará indefectiblemente a la hora que se fije.

6.5.5. Proceder al llamado a concurso. Debe acordar con el Promotor y la SAU la forma de inscripción de los concursantes y la entrega a ellos de las Bases y Programa, así como la publicidad del Concurso.
La lista de inscripción de los concursantes será pública.

6.5.6 Asegurar el anonimato de los trabajos. Todos los trabajos deben ser anónimos, por los que la conservación del anonimato hasta el fallo final es imperativa. La Asesoría Técnica debe tomar todas las disposiciones pertinentes para que nada en contrario pueda ser objetado.

6.5.7 Recibir y contestar las consultas. En los casos en que la Bases estipulen que los concursantes pueden hacer consultas, todas las formuladas en forma y plazo, deben ser contestadas por la Asesoría Técnica. Las conclusiones de esta labor se establecerán en el Programa y/o agregados gráficos.

Agregará además:
•  Un plano de Mensura y altimetría del terreno a la escala exigida en las Bases para la planta principal.
•  Las características para la cual detallará la composición del subsuelo especificada en una o varias secciones.
•  Si existieran medianeras, el relevamiento de las mismas.
•  Plano de ubicación con los detalles de las calles adyacentes.

Los trabajos 1 y 4 serán confeccionados y firmados por un Agrimensor. Siempre que la importancia del problema lo justifique, la Asesoría Técnica estudiará previamente la posibilidad de dar solución a los problemas urbanos que creará su implantación en la zona, incluyendo en el programa la previsión de espacios destinados a estacionamiento y circulaciones vehiculares y peatonales y todo otro elemento urbanístico que sea influido por la realización de la obra.

6.5.8 Las consultas y las respuestas deben ser comunicadas a la SAU. El procedimiento de contestación y comunicación a los concursantes es el siguiente:

Para los concursos nacionales:
Las consultas deben ser contestadas dentro de los 10 días de recibidas, salvo caso de fuerza mayor.
El Promotor comunicará por la prensa la existencia de las respuestas, y el sitio donde pueden ser retiradas.
Vencido el plazo para realizar las consultas, el Promotor anunciará por la prensa dicha finalización y el número de consultas recibidas.

Para los concursos internacionales:
Las consultas deben ser contestadas en uno o varios comunicados, que serán enviados por la Asesoría Técnica a todos los participantes.
Recibir personalmente los trabajos

Para concursos nacionales:
El Promotor indicará en las Bases o en su defecto comunicará a la SAU y por la prensa con 10 días de anticipación el lugar y local donde se recibirán los trabajos.
Los trabajos serán recibidos por la Asesoría Técnica quien entregará al portador de cada uno de ellos -que no será su autor- un recibo numerado en el cual conste el número de piezas entregadas de acuerdo con la declaración pegada en la correspondiente envoltura. La Asesoría Técnica, en presencia de las personas que hayan entregado los trabajos y que así lo desearan, procederá la apertura de los sobres para la elección del Miembro del Jurado delegado por los concursantes.

En caso de empate, el delegado será decidido por sorteo. Si el Arqto electo renunciara o fuera separado de su cargo por las causales mencionadas en el 9-4 será designado el que le siga en número de votos. Inmediatamente y en forma pública se levantará un acta donde conste el número de trabajos presentados y el número de piezas declaradas en cada uno así como también el resultado detallado del escrutinio realizado. Esta acta será firmada por los delegados presentes del Promotor, por la Asesoría Técnica y por los portadores de trabajos que lo desearen. Por el hecho de esta presente en el acto de recepción de los trabajos, cualquier persona, excepto la Asesoría Técnica, queda excluida automáticamente como miembro del Jurado, no pudiendo participar tampoco directa o indirectamente, en sus deliberaciones.

Para concursos internacionales:
El Promotor indicará en las Bases la fecha límite de expedición de los trabajos y la fecha límite de recibo de los mismos. El plazo entre ambas será el suficiente para comprender el envío, transportes, despacho para aduana y demora o retardos previsibles. Además establecerá en las Bases el sistema de contralor que desee para controlar la fecha límite de expedición. Se levantará acta en la fecha límite en la que conste el número de trabajos presentados y el número de piezas declaradas en cada uno y cualquier otro aspecto sobre el contralor que desee.

6.5.9 Organizar la exposición para la labor del Jurado.
Todos los trabajos deben ser presentados al Jurado y dentro de condiciones materiales similares, en un local apropiado para la labor que corresponde desarrollar al mismo. A este local y hasta tanto no se produzca el fallo, no podrá entrar persona alguna ajena al Jurado y a la Asesoría Técnica. Esta será la responsable directa del cumplimiento de ello.

6.5.9 La Asesoría Técnica, excluida toda otra persona que haya presenciado la entrega, procederá a efectuar la apertura de los paquetes, a controlar el número de piezas presentadas y a establecer un sistema de claves para la futura identificación de los trabajos. Esta clave, junto con los recibos duplicados y los sobres que contienen los nombres de los autores, serán puestos en un sobre que cerrará, lacrará y firmará, quedando en poder del mismo o del Promotor.

6.5.10 Hacer un estudio primario de los trabajos presentados.
Debe formular en fichas o en informe escrito, la conformidad de los trabajos con lo exigido en las Bases y Programa y establecer las observaciones que le hubiesen merecido los mismos, indicando los que a su juicio no cumplen con aquellas.

6.5.11 Citar al Jurado.
La citación debe ser hecha dentro del plazo marcado en las Bases. La Asesoría Técnica debe entregarle el Acta de recepción de los trabajos, las observaciones mencionadas en el inciso anterior y todas las consultas y sus respuestas que se hubiesen formulado a las Bases y Programa.

6.5.12 Asesorar al Jurado.
Debe suministrarle toda la información y antecedentes de manera de trasmitir a sus integrantes un cabal conocimiento de los mismos. Actuará conjuntamente con el Jurado, interviniendo en sus deliberaciones con voz pero sin voto.

6.5.13 Organizar los actos de adjudicación de premios.
Estos actos comprenden: la apertura de los sobres de los trabajos premiados, la distribución de los premios y la publicación del fallo.

6.5.14 Organizar la exposición de los trabajos.
Dentro de los 30 días de pronunciado el fallo del Jurado, todos los trabajos presentados, así como también las actas en que consten los eliminados y el fallo, serán expuestos públicamente durante diez días, por lo menos, en un local adecuado ubicado en la zona dentro de la localidad donde se haya efectuado el concurso. El Promotor deberá anunciar por la prensa tal circunstancia, así como también la fecha de clausura. Los trabajos premiados llevarán un cartel donde conste el nombre del autor y el premio obtenido. Los trabajos que hubieren sido eliminados deben figurar en la exposición con la anotación correspondiente.
En esa exposición figurarán también los nombres de los autores de los trabajos no premiados, si estos lo autorizan o solicitan, previa verificación de la identidad por la Asesoría Técnica. En los concursos por invitación, podrá la Asesoría Técnica establecer en las Bases que los nombres de todos los autores figurarán en la exposición.
Finalizada la exposición los trabajos que no quedan de propiedad del Promotor, serán devueltos dentro del plazo que se fije y mediante la presentación del correspondiente recibo.
En las tareas de la Asesoría Técnica está comprendida la verificación de que el
Promotor tenga asegurados los fondos necesarios para el pago de: organización del concurso, premios, honorarios de trabajo del ganador, honorarios del Jurado y honorarios de la Asesoría Técnica.

6.6 Finalizado el Concurso la Asesoría Técnica mantiene su calidad de tal a los efectos de representar al Promotor ante el o los arquitectos encargados de realizar el proyecto definitivo y/o la dirección de la obra. Para ello debe realizar:

  6.6.1 Trasmitir a éste las sugerencias que resulten de la fundamentación del fallo.
Elaborar el correspondiente contrato para la confección del proyecto definitivo de acuerdo a lo establecido en las Bases.
Recibir y controlar los recaudos que constituyen el proyecto definitivo.

6.7 Mediante nuevo contrato prolongar su actuación hasta la terminación de la obra, manteniendo la representación del Promotor.

6.8 En ningún caso la confección del proyecto definitivo o la dirección de las obras, podrán ser realizados por la Asesoría Técnica, aun cuando la acción de esos se limite a una parte de la gestión total.

6.9 Los honorarios de la Asesoría Técnica son los indicados en el ARANCEL DE HONORARIOS DE LA SAU.

6.10 El colegio de Asesores de la SAU estará integrado por 15 miembros, que durarán 2 años en sus funciones. La elección del Colegio de Asesores se realizará cada dos años simultáneamente con la de las autoridades de la SAU, de una lista de candidatos que serán socios titulares con una actividad profesional mínima de 10 años. El procedimiento será análogo al que rige la elección de Comisión Directiva.

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