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Reglamento General de Concursos | Arquitectura y Urbanismo

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CAPÍTULO 7 – BASES Y PROGRAMA

7.1 Las Bases y Programa constituyen el contrato bilateral entre el Promotor, que oferta el contrato, y cada concursante, que al participar en el Concurso, acepta esa oferta. Por lo tanto el respeto escrupuloso de las cláusulas por ambas partes, Promotor y concursante, es una obligación moral y jurídicamente imperiosa.

7.2 Las Bases y Programa serán iguales para todos los concursantes, serán claros y fijarán con precisión: la finalidad e intención del Promotor, los datos y antecedentes del problema y las condiciones materiales de presentación del trabajo.

7.3 Las Bases y Programa no podrán ser modificados por ningún concepto, salvo en los siguientes casos especiales:

  7.3.1 Que se cumplan los requisitos indicados en 6.5.7, referentes a las consultas formuladas por los concursantes, las que serán hechas en forma anónima y entregadas contra firma del duplicado por la Asesoría Técnica, para constancia de su recibo, dentro del primer tercio del plazo del concurso. En estos casos, las respuestas a las consultas formuladas pasarán a formar parte integrante de las Bases y Programa. Que el Promotor decida, por causas de fuerza mayor y dentro del primer tercio del plazo del concurso, modificar el Programa, con la aprobación de la Asesoría Técnica, en este caso debe ampliarse el plazo del concurso correlativamente.

7.4 Las Bases establecerán en forma que no deje lugar a dudas, las condiciones especiales que han de seguir la presentación de los trabajos: número de piezas, papeles, tintas, escalas, fotografías, leyendas, títulos, memorias, presupuestos, maquetas, dimensiones de bastidores o cartones, etc.

7.5 Las Bases estipularán que no se admitirán otros planos, dibujos o documentos que los establecidos en las mismas. En la memoria podrán incluirse los dibujos explicativos, diagramas y documentos que sirvan para aclarar el trabajo presentado. Si contrariamente a lo establecido, cualquier concursante presentara al concurso dibujos y otros documentos no pedidos, será excluido del mismo.

7.6 Todo trabajo que no responda con exactitud a lo exigido en las Bases y Programa, en cuanto a su presentación en los dibujos y/o documentos pedidos, será excluido del concurso. Esta exclusión recién será efectiva posteriormente al estudio que realizará el Jurado, de todos los trabajos.

7.7 El Programa deberá expresar la finalidad del problema objeto del Concurso, enumerando todos los elementos a componer (espacios, edificios, locales, etc, etc.,). En general no se deben establecer directivas que impidan la libre y mejor concepción de una solución arquitectónica, evitándose precisiones en cuanto a distribución o ubicación de sus elementos. Al hacer referencia si se desea, al aspecto funcional, se hará sólo a título ilustrativo, con el único objeto de transmitir a los concursantes los puntos de vista del Promotor. El concursante, al profundizar en el estudio, decidirá libremente si contemplará o no tales solicitudes. De la búsqueda libre y sin trabas surgirá el mejor trabajo. En los concursos de ideas, para el primer grado, en el caso que el programa solicitara áreas, número de locales, etc., estas especificaciones serán solamente materia de guía para los concursantes, los cuales podrán alterarlas en un margen cuya ampliación quedará especificada en el Programa.

7.8 No obstante, si el Promotor considera necesario fijar directivas, éstas deberán quedar perfectamente definidas, no dejando ninguna duda respecto a la obligatoriedad de su cumplimiento, siendo eliminado todo proyecto que no cumpla con ello.

7.9 A los efectos de una mejor interpretación en casos que puedan crear dudas, es conveniente que el Programa determine las áreas de cada elemento pedido (edificio, espacio, local, etc.). Sin embargo debe siempre interpretarse que estas áreas se darán a simple título informativo y que su alteración, aunque pueda pesar en el fallo, no podrá ser nunca motivo para eliminar un trabajo.

7.10 El Programa puede no fijar el metraje o cubaje máximo del edificio o el límite del costo de la obra. En el caso de fijarse un máximo de costo el Programa determinará el precio o precios unitarios por metro cuadrado o cúbico, que el Jurado aplicará a los proyectos como medio de apreciar su valor aproximado.

En caso que el Programa fije un cubaje máximo o un costo máximo, deberá fijar también el porcentaje de tolerancia.

El Programa determinará claramente la forma en que se han de medir las superficies o volúmenes a los efectos de la determinación del costo

En ningún caso, el Programa limitará el precio del edificio, sin que exista la seguridad de que todas las exigencias de aquel puedan cumplirse dentro del costo máximo fijado. Si verificados los cálculos del costo o del metraje por el Jurado se comprobará que todos los proyectos exceden el límite máximo y porcentaje de tolerancia establecidos, el Jurado comprobará si esto no es ocasionado por las exigencias del Programa, en cuyo caso el Jurado no podrá por tal motivo, declarar desierto el concurso.

CAPÍTULO 8 – PRESENTACIÓN DE TRABAJOS

8.1 Cada trabajo presentado será una solución única, no pudiendo contener variante de ninguna clase.

8.2 Los concursantes pueden presentar uno o más trabajos por separado, en cuyo caso nada se opone a que un mismo concursante pueda recibir varios premios.

8.3 Las piezas que integran cada trabajo no podrán llevar firma, seudónimo, lema ni señal o indicación que pueda servir para identificar a su autor, debiéndose observar esta condición aún en los márgenes de aquello o en su envoltura.

Las diferentes piezas del trabajo deberán presentarse en un solo conjunto envuelto en papel, cartón, tela, etc. O dentro de una caja o paquete cerrado y lacrado, de modo que no pueda separarse o extraerse ninguno de sus integrantes .En la parte exterior, y en lugar visible, se pegará un papel escrito a máquina donde se declare el número de piezas y documentos que contiene. En el interior de este envoltorio se colocará un sobre liso, opaco, cerrado y lacrado, que contendrá un papel con el nombre y domicilio del autor del trabajo, La parte exterior del referido sobre, llevará la siguiente leyenda legiblemente escrita: “ nombre y domicilio del autor”.
Cada paquete deberá venir acompañado con otro sobre escrito a máquina con la inscripción “voto para el Miembro del Jurado”, el que contendrá el nombre del Arquitecto que se vota para el mismo.

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