Ante la desafectación como Monumento Histórico Nacional del padrón 11493 sito en Punta del Este en la Calle Gorlero esq. Las focas, que procede del fraccionamiento del padrón original 29 Manzana 7 de Punta del Este. (de este fraccionamiento surgen los padrones 11492 y 11493), la SAU se expresa.


La Sociedad de Arquitectos del Uruguay a través de su Comisión Asesora sobre Patrimonio a través de una misiva fechada el día 26 de octubre dirigida al presidente de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, Arq. William Rey expresa su profunda preocupación ante el trámite llevado adelante que ha derivado en el proceso de desafectación de este bien patrimonial, y entiende necesario hacer públicas las siguientes consideraciones:

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Antecedentes

La estación de servicio de Punta del Este completa la trilogía de obras proyectadas en colaboración con el arquitecto Roberto Beraldo. Las otras dos son la estación de servicio de Carrasco y el Cantegril Country Club de Punta del Este.

Fueron concebidas y construidas durante la Segunda Guerra Mundial. Quizás ellos explique en parte esa actitud introspectiva y común a las tres obras. Lejos estamos de las referencias y los compromisos con una vanguardia radical. Por el contrario, aquí la arquitectura es concebida como prolongación natural de la vivienda en barrios jardines suburbanos. Grandes techos inclinados de teja, vigas de madera, basamentos de piedra, muros de ladrillo visto sin olvidar la gran estufa chimenea que caracteriza su espacio interior.

También se incorpora una pintura mural con alusiones a Punta del Este, obra del artista Edgardo Ribeiro.

La estación de servicio se articula mediante una torre mirador con la galerías comerciales que se desarrollan sobre la calle Gorlero.

En Punta del Este de los años cuarenta, predominantemente bajo y horizontal, el mirador emergía dialogando casi en exclusividad con el Faro de la Punta.

La guerra, entre otras cosas, obligó a un nulo consumo de hierro. Las vigas son de madera, los muros portantes y las aberturas pequeñas.La estación de servicio podría leerse como un gran hogar amable y receptivo que con mucho recato y prudencia oculta los surtidores otrora protagonistas.

Monumento Histórico Nacional. Resolución  N° 341/000.

VISTO: la gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para que sea declarada Monumento Histórico la Estación de expendio de combustibles y servicios anexos de ANCAP de Punta del Este sita en las calles Gorlero y Las Focas. Padrón 29, Manzana 7. Punta del Este. Departamento de Maldonado; 

RESULTANDO: 

  1. I) que el inmueble fue constituido en 1934 por el Arq. Rafael Lorente Escudero en colaboración con el Arq. Roberto Beraldo; 
  2. II) que marca un momento fecundo y creativo de la arquitectura renovadora nacional, ligado a su actuación en ANCAP donde estudia las estaciones de servicio, propone la realización de prototipos repetibles pero adaptables a las diferentes situaciones; 

 III) que se relación con el Taller Torres García lo llevó a aplicar las artes plásticas en su obra, como la pintura mural realizada por Edgardo Ribeiro; 

  1. IV) que prioriza la relación con el entorno de Punta del Este empleando materiales de fuertes texturas y conformando una esquina de transición volumétrica y funcional a través del mirador, adaptándose de este modo a la escala e imagen del balneario; 

CONSIDERANDO: 

  1. I) que es convicción unánime de la Comisión del Patrimonio que preservando esta obra arquitectónica destacada de la arquitectura uruguaya, se lega para el futuro un importante testimonio constructivo; 
  2. II) que el Poder Ejecutivo con el propósito de proteger aquellos bienes culturales que representan un importante valor patrimonial, accederá a lo solicitado, declarando Monumento Histórico la estación de expendio de combustibles y servicios afines de ANCAP ubicada en las calles Gorlero y Las Focas. Padrón 29, Manzana 7. Punta del Este. Departamento de Maldonado; ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14.040 del 20 de octubre de 1971, en el Decreto Reglamentario 536 del 1 de agosto de 1972;                                                     

RESUELVE:

DECLARASE Monumento Histórico la estación de expendio de combustibles de ANCAP, sita en Gorlero y Las Focas. Padrón 29, Manzana 7. Punta del Este. Departamento de Maldonado;

Ver además:  

Lorente, R. Lorente Escudero. Montevideo: Editorial agua;m, 2004.

IHA. Modernos. Montevideo: Facultad de Arquitectura, Universidad de la República, 2015. Disponible en https://issuu.com/iha.fadu/docs/modernos-set-2015