Comunicamos a nuestros afiliados y población en general nuestro rechazo a la propuesta de reforma de la CJPPU llamada «Ley Exprés».


Consideramos que la misma debilita gravemente nuestro sistema previsional (CJPPU) en sus definiciones legales y que su proceso no ha contemplado instancias de diálogo y acuerdo con los actores involucrados y los directamente afectados por esta ley.

Por lo expresado y en defensa de nuestra CJPPU es que exigimos:
1. Desvincular a la CJPPU de la gestión de fondos previsionales por parte de privados que implique lucro. No a la obligatoriedad de las AFAP impuesta por la ley 20130.
2. Aumentar el valor de los timbres profesionales establecidos en el artículo 71, de la Ley 17.738, mediante la actualización por el índice medio de salarios.
3. Redireccionar a la CJPPU el IASS de sus pasivos, previendo su eliminación gradual una vez lograda la sostenibilidad operativa.
4. Rechazo al nuevo impuesto sobre las jubilaciones del CJPPU previsto en la Ley exprés, que prevé recortar hasta en un 10 % los ingresos de los jubilados.
5. Rechazo al aumento gradual en la tasa de aportación de activos previsto en la Ley exprés.
6. Asistencia financiera del gobierno como pilar del sistema previsional, previendo su aplicación inmediata.
7. Aplicar para la CJPPU los plazos de convergencia como se prevé en la Ley 20130, sistema previsional común (SPC).
8. Inclusión inmediata del Cómputo ficto por hijos previsto en el art 43 de la Ley 20130, sistema previsional común (SPC).

Sociedad de Arquitectos del Uruguay

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